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Detallan diagnóstico y condicionantes para el uso de gas natural en México

Foto del escritor: Revista Transversal
Revista Transversal
6 ago
2 min de lectura
Detallan diagnóstico y condicionantes para el uso de gas natural en México

Especialistas del Comité presentaron datos clave de consumo e importación


Para dar continuidad al análisis sobre la soberanía energética del país, la titular de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti), Rosaura Ruiz Gutiérrez gas natural México, informó que el Comité de Científicos y Especialistas mantendrá un seguimiento constante sobre el sector para orientar las políticas públicas hacia la sustentabilidad y el bienestar.


Durante la presentación del diagnóstico técnico, la especialista Alma América Porres Luna precisó que el consumo actual de gas natural en la nación alcanza los 9.1 miles de millones de pies cúbicos diarios. De dicho volumen, el 58% se destina a la generación de electricidad, el 19% al autoconsumo de Pemex, el 12% a la industria y el 11% al sector residencial y comercial, destacando que el 70% de la energía eléctrica nacional se produce mediante este recurso.


"México importa el 75 por ciento del gas que consume, y de ese total importado, el 93 por ciento proviene de yacimientos no convencionales, por lo que es prioritario incrementar la producción convencional y avanzar hacia fuentes renovables", expuso Porres Luna.

Delimitación geográfica y condicionantes técnicas


Respecto a las zonas de evaluación y protección ambiental, las investigadoras de la UNAM, Ana Paulina Gómora Figueroa y José Antonio Hernández Espriú, detallaron los criterios establecidos por el grupo multidisciplinario:


  • Prohibición y evaluación regional: Se recomendó prohibir la explotación no convencional en la cuenca Tampico-Misantla por motivos de biodiversidad y densidad demográfica, limitando la evaluación de viabilidad exclusivamente a las cuencas Sabinas–Burro–Picachos (Coahuila y Nuevo León) y Burgos (Tamaulipas).

  • Gestión del agua: Queda prohibido el uso de agua potable superficial o subterránea; se exigirá el empleo exclusivo de agua salada de formaciones profundas o residuales, obligando al reciclaje de al menos el 75% del insumo hídrico.

  • Protección ambiental y aditivos: Se prohíbe el uso de químicos altamente tóxicos, obligando al reporte público de insumos y al uso de circuitos cerrados para el tratamiento del agua de retorno.

  • Comunidad y tecnología: Requerimiento de consulta previa, libre e informada a las poblaciones locales, fomento a la proveeduría regional y construcción de líneas base hídricas antes de iniciar pruebas exploratorias.

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